agosto 2008
Plazo para facturar conforme a la Resolución 320 vence el próximo 31 de agosto.
marzo 2008
Descarge en PDF las nuevas providencias administrativas del SENIAT
Providencia 591
Providencia 592

Plazo para facturar conforme a la Resolución 320 vence el próximo 31 de agosto
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en el marco de los criterios presidenciales de Revisión, Rectificación y Reimpulso, informa a la colectividad que el plazo para facturar conforme a lo establecido en la Resolución 320, vence el próximo 31 de agosto de 2008.
A partir del venidero 1° de septiembre, la facturación emitida por los contribuyentes ordinarios del Impuesto al Valor Agregado (IVA) debe ajustarse a las normas establecidas en la  providencia 0591.
A tal efecto, los sujetos pasivos de la obligación tributaria tendrán oportunidad de utilizar la facturación que tengan en existencia hasta la referida fecha, es decir, el 31 de agosto, puesto que a partir del mes de septiembre deberán cumplir los parámetros establecidos en la nueva normativa de emisión de facturas.
La providencia 0591 establece las normas que rigen la emisión de facturas, órdenes de entrega o guías de despacho; notas de débito y notas de crédito, de conformidad con la normativa tributaria del país.

El SENIAT aclara a la opinión pública nacional que no existe una factura modelo. Lo que se pretende es cumplir con este deber formal al incorporar todos los elementos y exigencias contempladas en la providencia 0591.
El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, se ajusta a la nueva política de abrir los horizontes a los contribuyentes del país, al ofrecerles facilidades en  el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
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